Certificado Energético

certificado energético

En julio de 2013 entra en vigor el Real Decreto 235/2013, del procedimiento básico de la certificación de la eficiencia energética de los edificios,  que será de obligado cumplimiento en las transacciones de compra-venta y alquiler de viviendas existentes de uso residencial y terciario. Este certificado realizado por técnico cualificado, mediante procedimiento simplificado o con los programas homologados. La vigencia del mismo será de diez años y deberá ser entregado al comprador o inquilino, con toda la documentación obligada de la vivienda o local.
El contenido del certificado de eficiencia energética de un edificio existente deberá incluir además de la cualificación energética, un listado de propuestas de mejoras, con las correspondientes amortizaciones de dichas inversiones, si fuera necesario, y por ello la elección del técnico es crucial para un buen resultado, ya que este certificado servirá de herramienta idónea en la elección del inmueble por el futuro comprador o inquilino, entre la gran oferta disponible en la actualidad.